Política de privacidad

ACUERDO SOBRE EL TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DERIVADO DEL CONTRATO DE LA EMPRESA ACATURNOVA SL, PARA LA CREACIÓN LA CREACIÓN DE UN ESPACIO VIRTUAL, QUE PERMITA REALIZAR UN SEGUIMIENTO, CERTIFICACIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LOS CURSOS PARA PROFESORADO DE FORMACIÓN PROFESIONAL EN CASTILLA Y LEÓN.

En Valladolid, a 29 de noviembre de 2023

REUNIDOS,

De una parte, D. Agustín Francisco Sigüenza Molina, en representación de la Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial de la Consejería de Educación, sita en Avda. del Real Valladolid s/n C.P. 47014 Valladolid, en su condición de Responsable del tratamiento de datos de carácter personal (en adelante, “el Responsable”).

Y de otra parte, ACATURNOVA SL, domiciliada en C/ León Felipe nº7, 7ºD de Santander (Cantabria), representada en este acto por D.ª Mª Soraya Nava Seneque, con D.N.I.: 12774267K como representante legal, en su condición de Encargado del tratamiento de datos de carácter personal (en adelante, “el Encargado”).

Ambas partes se reconocen, mutua y recíprocamente, la capacidad jurídica necesaria para otorgar el presente documento, a cuyos efectos

MANIFIESTAN

  1. Que el presente documento se suscribe en cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (en adelante “RGPD”).
  2. Que ACATURNOVA S.L es una empresa dedicada, entre otras actividades, a la asistencia en creación y mantenimiento de plataformas y de materiales educativos.
  3. Que la Consejería de Educación de la Comunidad de Castilla y León ha suscrito en fecha 06/10/2023 con “el Encargado” un contrato denominado ASISTENCIA TÉCNICA PARA EL DESARROLLO DE ENTORNO COLABORATIVO PARA LA FORMACIÓN, PERFECCIONAMIENTO Y MOVILIDAD DEL PROFESORADO DE FORMACIÓN PROFESIONAL (en adelante, el “Contrato”).
  4. Que en virtud de lo dispuesto en el citado contrato, la empresa ACATURNOVA SL prestará un servicio para la creación de un espacio virtual, que permita impartir y realizar un seguimiento, certificación y justificación de los cursos para profesorado de Formación Profesional en Castilla y León. (en adelante, la “Prestación de Servicios”), que comporta el tratamiento de datos de carácter personal.
  5. Que, para la prestación de este servicio y, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 del RGPD, las partes han de regular los aspectos relativos al tratamiento de los datos de carácter personal que deba realizar el encargado de tratamiento. En consecuencia, el presente Acuerdo de tratamiento de datos de carácter personal (en adelante, el “Acuerdo”) resultará de aplicación al Contrato suscrito con el Encargado.
  6. Que, en virtud de la consideración precedente, las Partes, suscriben el presente Acuerdo, con sujeción a las siguientes.

CLÁUSULAS

PRIMERA. OBJETO DEL ACUERDO.

El presente Acuerdo tiene como objeto regular los términos y condiciones con arreglo a los cuales la empresa ACATURNOVA SL tratará los datos de carácter personal a que tenga acceso en virtud de la Prestación del Servicio.

SEGUNDA. OBJETO DEL ENCARGO DEL TRATAMIENTO.

Mediante las presentes cláusulas se habilita a la entidad ACATURNOVA SL, encargada del tratamiento, para tratar por cuenta de la Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial, responsable del tratamiento, los datos de carácter personal necesarios para ejecutar el contrato de dicha empresa.

El tratamiento consistirá en la: recogida, registro, estructuración, consulta, conservación y supresión de datos personales.

 

TERCERA. IDENTIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN AFECTADA

Los tipos de datos personales que el Encargado del Tratamiento tratará en virtud de este Contrato son los siguientes:

  • Datos identificativos del profesorado de Formación Profesional (nombre y apellidos, número de teléfono, DNI, correo electrónico)
    • Datos de características personales del profesorado de Formación Profesional: rango de edad, sexo
      • Datos profesionales del mismo profesorado (familia profesional, situación administrativa)

Las categorías de interesados cuyos datos serán tratados por el Encargado del Tratamiento en virtud de este Contrato son las siguientes.

  • Profesorado de Formación Profesional de Castilla León de centros públicos o sostenidos con fondos públicos.

CUARTA. DURACIÓN.

El presente acuerdo tiene una duración hasta la finalización del tratamiento, sin perjuicio de las responsabilidades dimanantes del mismo (por vulneración de las previsiones del RGPD por el encargado del tratamiento) y la confidencialidad a la que el encargado de tratamiento y sus trabajadores se encuentran sujetos.

Una vez finalice el presente contrato, el encargado del tratamiento debe suprimir el acceso disponible a las fuentes de datos y a la aplicación informática y suprimir cualquier copia de los datos que esté en su poder.

QUINTA. OBLIGACIONES DEL ENCARGADO DEL TRATAMIENTO.

El encargado del tratamiento y todo su personal se obliga a:

  1. Utilizar los datos personales objeto de tratamiento sólo para la finalidad objeto de este encargo. En ningún caso podrá utilizar los datos para fines propios.
  • Tratar los datos de acuerdo con las instrucciones del responsable del tratamiento. Si el encargado del tratamiento considera que alguna de las instrucciones infringe el RGPD o cualquier otra disposición en materia de protección de datos de la Unión o de los Estados miembros, el encargado informará inmediatamente al responsable.
  • Llevar, por escrito, un registro de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta del responsable, que contenga:
  1. El nombre y los datos de contacto del encargado o encargados y de cada responsable por cuenta del cual actúe el encargado y, en su caso, del representante del responsable o del encargado y del delegado de protección de datos.
  • Las categorías de tratamientos efectuados por cuenta de cada responsable.
  • En su caso, las transferencias de datos personales a un tercer país u organización internacional, incluida la identificación de dicho tercer país u organización internacional y, en el caso de las transferencias indicadas en el artículo 49 apartado 1, párrafo segundo del RGPD, la documentación de garantías adecuadas.
  • Una descripción general de las medidas técnicas y organizativas de seguridad relativas a:
    • La capacidad de garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento propios que utilice el encargado para la ejecución del contrato.
      • La capacidad de restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de incidente físico o técnico.
      • El proceso de verificación, evaluación y valoración regulares de la eficacia de las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad del tratamiento.
  • No comunicar los datos a terceras personas, salvo que cuente con la autorización expresa del responsable del tratamiento, en los supuestos legalmente admisibles.

El encargado puede comunicar los datos a otros encargados del tratamiento del mismo responsable, de acuerdo con las instrucciones del responsable. En este caso, el responsable identificará, de forma previa y por escrito, la entidad a la que se deben comunicar los datos, los datos a comunicar y las medidas de seguridad a aplicar para proceder a la comunicación.

  • No se permite subcontratar ninguna de las prestaciones que formen parte del objeto de este contrato.
  • Garantizar que las personas autorizadas para tratar datos personales se comprometan, de forma expresa y por escrito, a respetar la confidencialidad y a cumplir las medidas de seguridad correspondientes, de las que hay que informarles convenientemente.
  • Mantener a disposición del responsable la documentación acreditativa del cumplimiento de la obligación establecida en el apartado anterior.
  • Garantizar la formación necesaria en materia de protección de datos personales de las personas autorizadas para tratar datos personales.
  1. Notificación de violaciones de la seguridad de los datos.

El encargado notificará al responsable, sin dilación indebida, y en cualquier caso antes del plazo máximo de 24 horas, y a través del correo electrónico es: protecciondatos.dgfpre.educacion@jcyl.es, las violaciones de la seguridad de los datos personales a su cargo de las que tenga conocimiento, juntamente con toda la información relevante para la documentación y comunicación de la incidencia.

No será necesaria la notificación cuando sea improbable que dicha violación de la seguridad constituya un riesgo para los derechos y las libertades de las personas físicas.

Si se dispone de ella se facilitará, como mínimo, la información siguiente:

  1. Descripción de la naturaleza de la violación de la seguridad de los datos personales, inclusive, cuando sea posible, las categorías y el número aproximado de interesados afectados, y las categorías y el número aproximado de registros de datos personales afectados.
  • El nombre y los datos de contacto del delegado de protección de datos o de otro punto de contacto en el que pueda obtenerse más información.
  • Descripción de las posibles consecuencias de la violación de la seguridad de los datos personales.
  • Descripción de las medidas adoptadas o propuestas para poner remedio a la violación de la seguridad de los datos personales, incluyendo, si procede, las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos.

Si no es posible facilitar la información simultáneamente, y en la medida en que no lo sea, la información se facilitará de manera gradual sin dilación indebida.

  • Dar apoyo al responsable del tratamiento en la realización de las evaluaciones de impacto relativas a la protección de datos, cuando proceda.
  • Dar apoyo al responsable del tratamiento en la realización de las consultas previas a la autoridad de control, cuando proceda.
  • Poner a disposición del responsable toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de sus obligaciones, así como para la realización de las auditorías o las inspecciones que realicen el responsable u otro auditor autorizado por él.
  • Designar un delegado de protección de datos si fuera obligatorio y comunicar su identidad y datos de contacto al responsable. Si voluntariamente lo hubiera designado la empresa, deberá asimismo comunicar su identidad y datos de contacto al responsable.
  • Destino de los datos:

Una vez cumplida la prestación, el encargado debe suprimir el acceso disponible a las fuentes de datos y a la aplicación informática. De igual manera deberá destruir cualquier copia total o parcial de los datos que pudiera obrar en su poder en cualquier soporte y formato, certificando su destrucción por escrito y entregando certificado al responsable del tratamiento.

No obstante, el encargado puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación.

SEXTA. OBLIGACIONES DEL RESPONSABLE

Corresponde al responsable del tratamiento:

  1. Entregar al encargado los datos a los que se refiere la cláusula tercera de este documento.
  • Configurar el acceso remoto del encargado a las aplicaciones de la Junta de Castilla y León necesarias para la ejecución del contrato.
  • Realizar, si procede una evaluación del impacto en la protección de datos personales de las operaciones de tratamiento a realizar por el encargado.
  • Realizar las consultas previas que corresponda.
  • Velar, de forma previa y durante todo el tratamiento, por el cumplimiento del RGPD por parte del encargado.
  • Supervisar el tratamiento, incluida la realización de inspecciones y auditorías.
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